CDA Eje Cafetero

PLAZOS DE LA REVISIÓN TECNOMECÁNICA

VEHÍCULOS PESADOS

Los vehículos pesados deberán realizar su primera revisión 2 años después de la fecha de matrícula independientemente del modelo.

A partir de esa primera revisión cada año deberá renovar su certificado de revisión técnico mecánica.

NOTA: Los vehículos con doble llanta trasera se consideran vehículos pesados.

VEHÍCULOS LIVIANOS

Los vehículos livianos públicos deberán realizar su primera revisión 2 años después de la fecha de matrícula independientemente del modelo.

Los vehículos livianos particulares deberán realizar su primera revisión 6 años después de la fecha de matrícula independientemente del modelo.

A partir de esa primera revisión cada año deberá renovar su certificado de revisión técnico mecánica.

MOTOCICLETAS

Las motocicletas de cualquier cilindraje deberán realizar su primera revisión 2 años después de la fecha de matrícula independientemente del modelo.

A partir de esa primera revisión cada año deberá renovar su certificado de revisión técnico mecánica.

SERVICIOS PÚBLICOS

Adicionalmente los servicios públicos deberán realizar una inspección preventiva cada 2 meses.